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Constitucionales I Derechos Humanos I Habeas Corpus

¿Cuándo procede el hábeas corpus?


Cuando se vulnera o amenaza la libertad individual, o los derechos constitucionales conexos con ella, por una autoridad, funcionario o persona, sea por acción u o misión. A modo de ejemplo, son derechos conexos con la libertad, la libertad de conciencia y de religión, el derecho a no ser violentado para obtener declaraciones, no ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme, no ser secuestrado, no ser detenido por deudas, etc.

¿Quiénes pueden ejercer el hábeas corpus?
La persona perjudicada o cualquier otra en su nombre y el Defensor del Pueblo.

¿Cómo y ante qué Juez se presenta el hábeas corpus
Por escrito en cualquier papel (a máquina o manuscrito) o en forma verbal o telegráfica, ante el Juez Penal del lugar donde se encuentre el detenido o el lugar donde se haya dictado o ejecutado la medida. En Lima y en la provincia constitucional del Callao, se presenta ante el Juez especializado de Derecho Público.